Guía Educativa de Impuestos para Inversionistas Extranjeros en EE. UU.
un "extranjero no residente" no están obligados a pagar impuestos sobre esa ganancia en EE. UU.
Si eres extranjero (no ciudadano ni residente de EE. UU.) y quieres invertir en el mercado de acciones de EE. UU., es esencial entender las implicaciones fiscales que afectan a tus ganancias. Aquí te explicamos los conceptos clave para que tomes decisiones informadas y, si es necesario, consultes a un asesor fiscal.
1. Impuestos sobre Dividendos
Cuando inviertes en acciones de empresas estadounidenses y recibes dividendos, EE. UU. aplica un impuesto de retención del 30% sobre estos ingresos. Esto significa que, si recibes un dividendo de $100, verás reflejados $70 en tu cuenta, mientras que los otros $30 se retienen y envían al IRS (la agencia tributaria de EE. UU.) automáticamente.
Sin embargo, algunos países tienen tratados fiscales con EE. UU. que reducen esta tasa. Ecuador, por ejemplo, cuenta con este tipo de tratado, y podrías calificar para una tasa reducida si presentas el Formulario W-8BEN a tu bróker. Este formulario certifica tu estatus de extranjero y tu elegibilidad para el beneficio del tratado fiscal
2. Impuestos sobre Ganancias de Capital
Las ganancias de capital (la ganancia que obtienes al vender una acción por más de lo que pagaste) no están sujetas a impuestos en EE. UU. si eres un "extranjero no residente" y no has vivido en EE. UU. por más de 183 días en el año fiscal. En otras palabras, los extranjeros que venden acciones con ganancia no están obligados a pagar impuestos sobre esa ganancia en EE. UU.
Eso sí, estas ganancias podrían estar sujetas a impuestos en tu país de origen, por lo que te recomendamos revisar las regulaciones fiscales locales.
3. Impuesto sobre el Patrimonio (Estate Tax)
Un aspecto que muchas veces se pasa por alto es el impuesto sobre el patrimonio. Si posees activos estadounidenses (como acciones de empresas de EE. UU.) y falleces, estos activos podrían estar sujetos a impuestos de hasta el 40% en EE. UU., y la exención para extranjeros es muy baja ($60,000). Los ciudadanos estadounidenses, en cambio, tienen una exención de más de $11 millones.
Para evitar este impuesto, algunos inversores optan por estrategias de planificación patrimonial, como adquirir acciones a través de ETFs domiciliados en países con tratados fiscales favorables o usar estructuras corporativas adecuadas
4. Evitar la Doble Tributación
La doble tributación es una preocupación común, pues podría implicar pagar impuestos tanto en EE. UU. como en tu país de residencia. Los tratados fiscales, como el que Ecuador tiene con EE. UU., suelen ofrecer créditos fiscales para evitar este problema. Es decir, los impuestos que ya pagaste en EE. UU. pueden descontarse de tus obligaciones fiscales en tu país, minimizando tu carga total
5. Documentación y Reportes Fiscales
Para asegurar que pagas solo lo necesario, debes presentar correctamente tus formularios fiscales, especialmente el W-8BEN, que tu bróker utiliza para aplicar la retención fiscal correcta. Además, recibirás el formulario 1042-S a fin de año, donde se detallan los ingresos y las retenciones que se aplicaron. Este formulario es esencial para declarar los créditos fiscales en tu país, si aplican.
En resumen, invertir en EE. UU. desde el extranjero tiene ventajas, pero también requiere entender las regulaciones fiscales. Si tus inversiones en EE. UU. crecen, considera asesorarte con un experto en planificación fiscal internacional para estructurar tu portafolio y mitigar cargas fiscales en el futuro.
Para este ejercicio, consideraremos una inversión total de $1,000,000, con 10 socios que aportan $100,000 cada uno. Ocho socios son extranjeros de Ecuador (no residentes de EE. UU.), y dos socios son ciudadanos estadounidenses. La empresa genera un retorno mensual del 2% sobre el capital invertido y paga dividendos trimestrales. Vamos a analizar cómo diferentes estructuras legales afectan el retorno después de impuestos para los inversionistas y para la empresa.
Suposiciones:
Tasa de impuestos corporativos en EE. UU. (para C Corp): 21%.
Retención de dividendos para extranjeros: 15% (con tratado fiscal entre EE. UU. y Ecuador).
Retención de dividendos para ciudadanos de EE. UU.: Tasa de dividendos calificados, suponiendo 20% para los ingresos más altos.
Los dividendos se distribuyen al final de cada trimestre y se componen mensualmente.
Explicación de los cálculos:
C Corporation:
Ganancias mensuales: $1,000,000 * 2% = $20,000.
Ganancias trimestrales (compuestas): $63,532.98.
Impuesto corporativo: $63,532.98 * 21% = $13,341.93.
Dividendos trimestrales después de impuestos: $63,532.98 - $13,341.93 = $50,191.05.
Dividendos trimestrales por socio: $50,191.05 / 10 ≈ $5,019.10.
Dividendos netos para ecuatorianos: $5,019.10 - (15% * $5,019.10) ≈ $4,266.23.
Dividendos netos para ciudadanos de EE. UU.: $5,019.10 - (20% * $5,019.10) ≈ $4,015.28.
Retorno anual de la empresa (ROI): 19.2%.
Retorno anual para inversionistas (ROI después de impuestos): 17.1%.
LLC (Pass-through) y LP (Limited Partnership):
Ganancias mensuales: $1,000,000 * 2% = $20,000.
Ganancias trimestrales (compuestas): $69,565.15.
Dividendos trimestrales por socio: $69,565.15 / 10 ≈ $6,956.52.
Dividendos netos para ecuatorianos: $6,956.52 - (15% * $6,956.52) ≈ $5,913.04.
Dividendos netos para ciudadanos de EE. UU.: $6,956.52 - (20% * $6,956.52) ≈ $5,565.22.
Retorno anual de la empresa (ROI): 24.0%.
Retorno anual para inversionistas (ROI después de impuestos): 23.7%.
C Corp con Blocker LLC:
Similar a la C Corporation, ya que la Blocker LLC actúa como intermediaria para mitigar la doble imposición directa. El cálculo es idéntico al de la C Corporation, con un ROI final después de impuestos de 17.1%.
Cuál es el mejor:
Imaginemos un fondo constituido por 2 ciudadanos americanos y 8 Ecuatorianos
Estrategia Recomendada: Estructura de LLC con Blocker Corporation en Paraíso Fiscal
Para esta estructura, sugiero usar una LLC que actúe como propietaria de una C Corporation en un paraíso fiscal como las Islas Caimán o Bermuda (la "Blocker Corporation"). Esta combinación optimiza la carga fiscal y permite flexibilidad para distribuir dividendos con un impacto impositivo mínimo, especialmente para los socios extranjeros.
Paso 1: Creación de la LLC en EE. UU.
La LLC servirá como entidad de control y actuará como un "paraguas" para mantener la flexibilidad fiscal. La LLC puede ser tratada como una pass-through entity, lo cual permite que las ganancias fluyan directamente a los socios, o como una corporación si es necesario.
En esta estrategia, la LLC será dueña de la Blocker Corporation en un paraíso fiscal, que llevará a cabo la actividad de trading de opciones.
Paso 2: Uso de la Blocker Corporation en un Paraíso Fiscal
La Blocker Corporation realiza las operaciones de trading de opciones a corto plazo. Esta entidad no está sujeta a impuestos en el paraíso fiscal (como Islas Caimán o Bermuda), lo cual permite que las ganancias crezcan sin retenciones fiscales locales.
Las ganancias acumuladas en la Blocker Corporation pueden reinvertirse en trading, maximizando el crecimiento compuesto antes de que se distribuyan a los socios.
Paso 3: Transferencia de Ganancias a la LLC y Pago de Dividendos
La Blocker Corporation transfiere las ganancias netas a la LLC en EE. UU., minimizando los impuestos a nivel de la Blocker y usando la LLC como filtro fiscal.
La LLC distribuye los dividendos trimestrales a los socios. Para los socios ecuatorianos, el uso de una LLC permite aprovechar el tratado fiscal entre Ecuador y EE. UU., lo que reduce la retención a un 15%.
Para los socios de EE. UU., al recibir dividendos calificados desde la LLC, la tasa es más favorable (hasta un 20%) comparada con el pago de impuestos corporativos adicionales.
Paso 4: Aprovechar Créditos Fiscales en Ecuador
Los socios ecuatorianos pueden utilizar los créditos fiscales en Ecuador por los impuestos ya pagados en EE. UU., minimizando la carga fiscal total.
En algunos casos, puede estructurarse para que las distribuciones de la LLC a los socios ecuatorianos sean consideradas como ingresos pasivos que no se graven doblemente en Ecuador.
Beneficios de esta Estrategia
Minimización de la Doble Imposición: Usar una Blocker Corporation en un paraíso fiscal evita la doble imposición directa y reduce significativamente el impacto fiscal a nivel corporativo, lo que maximiza las ganancias a nivel de la entidad antes de distribuir dividendos.
Flexibilidad Fiscal y Requisitos de Dividendos: La LLC en EE. UU. permite a los inversionistas disfrutar de tratados fiscales, mientras que la Blocker en el paraíso fiscal evita cargas adicionales en las ganancias de corto plazo, especialmente útiles para trading de opciones.
Maximización del Flujo de Caja para Socios:
Para socios ecuatorianos: Aprovechan una tasa de retención reducida de 15% en dividendos y pueden usar créditos fiscales en Ecuador.
Para socios de EE. UU.: Reciben dividendos calificados con una tasa impositiva preferencial (20%) en lugar de enfrentar una doble imposición plena, maximizando su flujo de caja.
En esta estrategia, una Blocker Corporation es una entidad intermedia (usualmente estructurada como una C Corporation) establecida en un paraíso fiscal o en una jurisdicción favorable, que se coloca entre la LLC en EE. UU. y los inversionistas extranjeros. Su función principal es “bloquear” o filtrar los impuestos para los socios extranjeros, evitando que enfrenten la carga fiscal completa de EE. UU. sobre ciertas ganancias, especialmente las que provienen de actividades de trading a corto plazo.
¿Cómo funciona una Blocker Corporation?
Ubicación en una Jurisdicción Fiscalmente Ventajosa:
La Blocker Corporation suele establecerse en un paraíso fiscal (como las Islas Caimán o Bermuda), donde los impuestos sobre las ganancias corporativas son bajos o inexistentes.
Esto permite que las ganancias generadas, como las de trading de opciones a corto plazo, crezcan sin pagar impuestos locales en esa jurisdicción.
Propiedad de la LLC en EE. UU.:
La Blocker Corporation es propietaria de la LLC en EE. UU., la cual realiza las inversiones y actividades de trading.
Las ganancias obtenidas en EE. UU. se transfieren de la LLC a la Blocker Corporation, aprovechando los beneficios fiscales del paraíso fiscal y evitando que los socios extranjeros enfrenten impuestos directos en EE. UU. a nivel de la entidad.
Distribución de Dividendos a los Socios:
La Blocker Corporation distribuye las ganancias a los socios en forma de dividendos.
Para los socios extranjeros, estos dividendos están sujetos a una retención preferencial gracias al tratado fiscal entre EE. UU. y Ecuador, aplicando una tasa de retención reducida (por ejemplo, 15% en lugar del 30% estándar).
Los socios estadounidenses reciben los dividendos como ingresos calificados, lo cual reduce su tasa impositiva en comparación con ingresos regulares de trading.
Ventajas de la Blocker Corporation en Esta Estrategia
Evita la Doble Imposición Directa: Las ganancias generadas a nivel de la Blocker no se imponen inmediatamente en EE. UU., sino que la Blocker actúa como filtro, permitiendo que los socios extranjeros reciban dividendos en lugar de tener que declarar ingresos ordinarios o ganancias de capital.
Flexibilidad para Reinvertir: Las ganancias acumuladas en la Blocker Corporation pueden reinvertirse sin necesidad de distribuirlas inmediatamente, lo cual es beneficioso para negocios de trading de alto rendimiento.
Optimización Fiscal para Socios Extranjeros: En lugar de enfrentar el impuesto completo de EE. UU. sobre las ganancias de la LLC, los socios extranjeros solo pagan la retención de dividendos al recibir distribuciones, lo cual reduce su carga fiscal.
Ejemplo Simplificado
Imagina que la LLC en EE. UU., propiedad de la Blocker Corporation en Islas Caimán, genera $100,000 en ganancias de trading:
La LLC transfiere los $100,000 a la Blocker, sin pagar impuestos locales en Islas Caimán.
La Blocker distribuye dividendos a los inversionistas. Los socios extranjeros pagan una retención de solo 15% (en lugar del 30%) gracias al tratado fiscal entre EE. UU. y Ecuador.
En resumen, la Blocker Corporation permite a los inversionistas extranjeros optimizar su carga fiscal al actuar como un “bloqueador” de impuestos directos en EE. UU., facilitando dividendos con retención reducida y evitando la doble imposición directa sobre las ganancias de corto plazo.
Disclaimer:
La información proporcionada en esta respuesta tiene fines informativos y educativos únicamente y no constituye asesoramiento legal, fiscal ni financiero específico. Las estrategias y estructuras descritas pueden no ser adecuadas para todos los inversionistas y pueden variar en función de las leyes fiscales locales, internacionales y cambios regulatorios. Se recomienda consultar con un asesor fiscal y legal cualificado para evaluar la aplicabilidad de estas estrategias a su situación particular y asegurar el cumplimiento con las normativas fiscales y regulatorias en las jurisdicciones involucradas.